LOS
DELITOS SOCIOS ECONOMICOS BAJO UN ENFOQUE DE DELINCUECIA ORGANIZADA
El presente artículo
pretende sensibilizar a el Sistema de Administración de Justicia y al Militante
Revolucionario, de plantear un nuevo enfoque de la Investigación Penal de los
delitos denominados Socio Económico en la Ley de Precios Justos, bajo la visión
de Delitos de Delincuencia Organizada.
En el esquema actual
tenemos que la Investigación Policial y su posterior Judicialización. Conlleva
en el mejor de los casos, siempre y cuando la Corrupción no contamine el
Proceso Penal, exiguas Penas Corporales, Multas y Ocupación Temporal del
Negocio. Por ello los Condenados por Delitos de Boicot, Especulación, Remarcaje
de precios, Contrabando, Condicionamiento de las Ventas, Etc son objeto de
Beneficios Procesales o Multas económicas muy por debajo al beneficio económico
obtenidos en actuación criminal. No hay duda que estos delincuentes ven bajo
este enfoque legal de Delito Común un buen negocio lucrativo. Bajo este esquema
se ve al Delincuente como un Sujeto Individual, que actúa solo en la comisión del
Delito. Que no requiere la participación de otros sujetos para la ejecución material
del mismo.
La realidad es otra. Y
la encontramos cuando el Gobierno, el Fiscal, la Dirigencia Política y el Pueblo
en general Denuncian que son Bandas Organizadas o Mafias que Especulan,
Acaparan, Remarca Precios o Condicionan las ventas de bienes y servicios. Estas
consideraciones deben ser acogidas para un cambio de enfoque en la Investigación
Policial y su Enjuiciamiento Criminal. Es decir que debe ser replanteado el
criterio del Sistema Penal en un enfoque de Delitos característicos de la
Delincuencia Organizada. Esto pasa por observar que el Sujeto no actúa en forma
aislada. Que la Delincuencia Organizada es un oficio colectivo que genera muchísimo
dinero y que en el caso de Venezuela le agrega un componente adicionalmente político.
La desestabilización de las Instituciones Republicanas. Este enfoque debe ser
capaz de desarticular el Modo Operandi del grupo estructurado para delinquir.
Ver más allá del sujeto individual. Identificar a sus socios en el Delito,
tomando en cuenta que estos grupos actúan como una empresa, donde cada uno de
sus miembros realiza un trabajo particular o concurrente con los socios
delincuentes en la comisión del hecho criminoso.
En este enfoque el
Sistema de Justicia ubicaría este tipo penal como un Delito Grave. Esto significa que el
Procesado no tendría ningún Beneficio Procesal, ya que las probables penas serían
mayores de 10 años. Las penas corporales serán más severas. No aplicaría la Ocupación Temporal,
sino el Comiso y las Confiscación de los bienes de los Delincuentes. Puntualizo
que no me refiero a los bienes involucrados en la comisión del hecho criminal,
sino a los bienes del Patrimonio del Delincuente y su banda. Seguro estoy que
la aplicación de este enfoque desmantelaría muchas bandas criminales y golpearía
duramente su estructura económica. En otras palabras el negocio ya no es bueno
DR. ELIANO ACOSTA CUARTIN
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